El TSXG rechaza el recurso contencioso-administrativo de los veterinarios de A Coruña y Lugo y sentencia que las 44 plazas que la Relación de Puestos de Trabajo del Fogga otorga a los ingenieros agrónomos están justificadas
El objeto del litigio radicaba en la reclamación de los colegios veterinarios, que solicitaban que 29 puestos de trabajo fueran abiertos a veterinarios y que 13 de ellos fueran de asignación exclusiva para graduados en Veterinaria. Alegaban que la RPT otorgaba 44 plazas en exclusiva al cuerpo de Ingenieros Agrónomos y solo 5 al cuerpo de Veterinarios, sin una justificación suficiente.
La postura de este Colegio se basó en la revisión de los planes de estudio y temarios de las oposiciones de los distintos cuerpos implicados. Tras el análisis de funciones a desempeñar en los puestos técnicos del Fogga, concluyó que la escala más adecuada para estas plazas es la de Ingeniero Agrónomo, seguida por la de Ingeniero Técnico Agrícola. Esta argumentación fue respaldada por sentencias previas y por un informe pericial elaborado por nuestro compañero Tomás Cuesta, profesor titular del departamento de Ingeniería Forestal de la Escuela Politécnica Superior de Ingeniería de Lugo y evaluador de planes de estudio de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) en España y su equivalente en Portugal.
El informe de Cuesta comparó la formación de ingenieros agrónomos y veterinarios en áreas clave para el desempeño de los puestos en cuestión. Entre sus hallazgos, destacó que los ingenieros agrónomos reciben 144 créditos en conocimientos sobre el funcionamiento de una explotación agraria, frente a los 22,5 de los veterinarios; 49,5 créditos en logística industrial y tecnología agroalimentaria, frente a 9,0 de los veterinarios; y formación en dirección de empresas agroalimentarias y proyectos, algo ausente en los planes de estudio veterinarios.
El fallo judicial ratifica la legalidad de la resolución de la Xunta del 5 de agosto de 2022, publicada en el Diario Oficial de Galicia el 11 de agosto del mismo año. Se ha notificado a las partes que pueden interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo o ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia, siempre que se acredite interés casacional.


